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Nuevas disposiciones para facilitar la implementación del CBAM

El Reglamento modificado por el que se simplifica y refuerza el CBAM se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. 

 

Esto marca el último paso en el proceso de adopción formal, firmado por el Parlamento Europeo y el Consejo. Es un paso clave para fomentar un entorno empresarial más competitivo y sostenible, a la vez que se aborda eficazmente el cambio climático. Introducidas como parte de las iniciativas legislativas «Ómnibus I», las medidas de simplificación están diseñadas para mejorar la eficacia del CBAM en la prevención de la fuga de carbono, minimizando al mismo tiempo el impacto en los pequeños importadores y exportadores. 

Un elemento clave del paquete es un nuevo umbral de exención de 50 toneladas para los bienes sujetos al CBAM. Las empresas que importen menos de 50 toneladas anuales de bienes sujetos al CBAM estarán exentas de las obligaciones del CBAM. Se espera que esta medida exima a aproximadamente 182.000 importadores, principalmente pymes y particulares, a la vez que cubre más del 99 % de las emisiones dentro del ámbito de aplicación. Para los importadores que permanezcan dentro del ámbito de aplicación del CBAM, los ajustes facilitarán el cumplimiento de los requisitos de información y simplificarán la autorización de los declarantes, el cálculo de las emisiones y el cumplimiento de la responsabilidad financiera. Los cambios reducirán las cargas regulatorias y administrativas, así como los costes de cumplimiento, lo que beneficiará especialmente a las pymes. Además, a partir de 2027, la Comisión también podrá, para los terceros países donde existan normas de fijación de precios del carbono, determinar y publicar, en el registro del CBAM, los precios del carbono por defecto para dichos terceros países y publicar la metodología para su cálculo.

 

CBAM, EU, Importaciones